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El Supremo niega a los presos el derecho al salario mínimo por trabajar en la cárcel

9 de junio de 2006

El trabajo de los presos en las cárceles no se rige por el Estatuto de los Trabajadores ni por los convenios sectoriales. Ésta es la conclusión a la que llega una sentencia del Tribunal Supremo (TS) para denegar al penado G. G. una reclamación de cantidad supuestamente adeudada por el Centro de Iniciativas para la Reinserción (CIRE), que le empleó en prisión. Dicho derecho le fue denegado primero por un juzgado de Lleida, luego reconocido por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), y ahora negado de nuevo por el Supremo.

LA VANGUARDIA (JOSE MARIA BRUNET).- La sentencia del TSJC fue recurrida por el CIRE, con el argumento de que el preso ya fue retribuido conforme a los módulos preestablecidos y aplicables para su labor en la cárcel. El CIRE señalaba que había resoluciones previas contradictorias, y el Supremo, para unificar la doctrina sobre estos casos, resuelve finalmente que la relación laboral de los internos en los centros penitenciarios es especial y tiene su apoyo fundamental en el artículo 25.2 de la Constitución, que tutela el derecho de los condenados a un trabajo remunerado. Pero considera que el objetivo básico perseguido es conseguir una futura inserción laboral, por lo que tiene "caracteres y notas propias y singulares" que diferencian dicha actividad de "las relaciones de trabajo ordinarias y normales". La normativa aplicable, por tanto, es distinta, y contenida en un decreto que establece que la retribución "se determinará en función del rendimiento normal de la actividad de que se trate y del horario de trabajo efectivamente cumplido". Este decreto prevé que las normas de la legislación laboral común sólo serán aplicables a la relación especial que atañe a los presos "en los casos en que se produzca una remisión expresa", cosa que no se hizo en el supuesto examinado ni está prevista obligatoriamente en la legislación penitenciaria. Por los trabajos desarrollados para el CIRE entre 2000 y 2001, el preso demandante reclamaba 6.591 euros de diferencia a su favor si se le pagaba de acuerdo con el salario mínimo, y 11.632 de aplicársele el convenio del sector metalúrgico.

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