
14 de abril de 2009
El acusado es condenado a 17 años y cuatro meses de prisión por un delito de asesinato Los hijos recibirán 150.000 euros y los padres 16.000.
HOY (M.M.).- Los hijos y los padres de David S.O., el preso asesinado en la cárcel de Badajoz el 28 de septiembre de 2006 por el interno Antonio R.P., deberán ser indemnización por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Así se determina en la sentencia que condena por asesinato al acusado y que declara que el Estado es responsable civil subsidiario del pago de la indemnización por el asesinato de David en un patio de la prisión pacense. Antonio R.P. es condenado a cumplir 17 años y 4 meses de prisión por el delito.
La cifra fijada por el magistrado ponente de la sentencia como indemnización a la familia del joven muerto es de 75.000 euros para cada uno de los hijos del fallecido y 8.736,46 euros para cada uno de los padres.
Antonio R. P. fue juzgado y condenado por un jurado popular, que lo declaró culpable del asesinato. Ahora, el magistrado presidente del jurado ha fijado la condena, tal como establece la ley.
La sentencia considera probado que Antonio R.P., un sevillano de 40 años, que cumplía condena por dos homicidios anteriores, mató con un pincho carcelario a David S.O., de 26 años, mediante una puñalada en el corazón. Se estima que existió alevosía en la agresión, ya que la víctima no se pudo defender del ataque sorpresivo del acusado. David se encontraba apoyado en la pared, sentado y semiinconsciente debido a que había ingerido tranquilizantes.
REINCIDENCIA
La sentencia tiene en cuenta el agravante de reincidencia, dados los antecedentes de Antonio R.P., lo que agrava la condena. También tiene en consideración una atenuante que la rebaja: que el acusado tenía mermada levemente su voluntad debido a un trastorno de personalidad que le hace difícil controlar sus impulsos.
Además de la condena penal, uno de los aspectos claves de este caso era determinar si Instituciones Penitenciarias, organismo propietario de la cárcel, tuvo algún tipo de responsabilidad en la muerte de David S.O. por no controlar al acusado. La sentencia concluye que sí existió esa falta vigilancia, lo que permitió que Antonio R.P., considerado un preso peligroso, dispusiera durante un tiempo indeterminado de un pincho carcelario.
«La Dirección General de Instituciones Penitenciarias hubiera debido extremar el control y vigilancia de este interno, lo que no hizo», se afirma en la sentencia. Para el magistrado, la responsabilidad de la administración es evidente, ya que en el centro penitenciario ni siquiera se dieron cuenta de que faltaba la placa de metal del soporte de la televisión con la que el acusado había construido el pincho.
Es esa falta de vigilancia del acusado lo que lleva al magistrado a considerar que Estado es responsable subsidiario del pago de las indemnizaciones por el asesinato de David en el caso, prácticamente seguro, de que Antonio R.P. no pueda responder de ellas.
NO A LA EX - PAREJA
Respecto a quiénes tienen derecho a percibir esa indemnización, el magistrado rechaza que pueda ser compensada su ex pareja sentimental, de la que ya se encontraba separado. David tenía ya una nueva relación y vivía con sus padres.
La sentencia determina que son los padres y los hijos los que deben recibir la indemnización. En el caso del dinero de los hijos se establecerán las cautelas necesarias para que puedan conservar ese patrimonio.
En la ejecución de la sentencia se establecerá si el padre, que sufre un grave trastorno mental a raíz del asesinato de su hijo, es indemnizado por él. El condenado no podrá acercarse ni a los padres ni a los hijos de David durante diez años tras cumplir su condena. El fallo puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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