
9 de abril de 2009
La Audiencia condena a uno de los reos a 19 años de prisión y al otro a 17 y 6 meses.
LA OPINION DE A CORUÑA (M. PARDO).- El magistrado presidente del tribunal del jurado que consideró culpables de asesinato a los dos reclusos del centro penitenciario de Teixeiro acusados de matar a un compañero en mayo de 2006 ya ha impuesto las penas de prisión que corresponden a cada uno de los procesados. El jurado es quien tiene que decidir si los imputados son culpables o inocentes de un determinado delito, pero es un juez quien impone la pena.
Juan Ignacio Lamas Fernández, con antecedentes por asesinato -uno de los ellos cometido también en prisión- ha sido condenado a 19 años de prisión. El otro acusado, David Charlín Mondragón, ha sido penado con 17 años y medio, pues no había cometido antes delitos similares. El jurado consideró que ambos actuaron con alevosía y con abuso de superioridad, pues eran dos contra uno y mucho más corpulentos que la víctima.
El magistrado ha impuesto también a los reclusos la obligación de indemnizar a la madre del fallecido con 78.500 euros, cantidad de la que debe responder de forma subsidiaria la Administración. Todo indica que ambos condenados se declararán insolventes, como suele ser habitual en estos casos, por lo que será el Estado quien se tenga que hacer cargo de la indemnización. Recuerda el juez que "la Administración penitenciaria tiene el deber de velar por la vida y seguridad de los internos", obligación que no cumplió, según consideró probado el tribunal del jurado.
Los acusados lograron introducir un pincho de elaboración casera en el gimnasio de la instalación sin que ningún funcionario se diese cuenta. Recuerda además el magistrado que Lamas es "una persona con una especial predisposición a realizar actos violentos" similares a los enjuiciados, pues en el momento de los hechos estaba ya acusado de la muerte de otro recluso en la cárcel de A Lama.
"Ello debería haber dado lugar -dice la sentencia- a exacerbar el sistema ordinario de control, lo que no se produjo". Esta falta de vigilancia ha provocado que el magistrado entienda que la Administración debe hacerse cargo de la indemnización en caso de los que los condenados no estén en condiciones de abonar la cantidad fijada. Lamas y Charlín acabaron con la vida de su compañero en el interior del gimnasio con la ayuda de la una raqueta de ping pong. Esta estancia es una de las pocas del centro penitenciario donde no hay cámaras de vigilancia. Los procesados aprovecharon también para cometer el crimen -según considera probado el fallo judicial- el horario de la comida de los funcionarios, cuando la vigilancia es menor.
© M. I. Colegio de Abogados de Pamplona - Iruñeko Abokatuen Elkargo T. Arg. - Avenida del Ejército, 2 - Planta 10ª, 31002 Pamplona