| Organo Judicial: |
Audiencias Provinciales |
| Tipo de disposición: |
Auto |
| Resumen: |
AP Navarra 17/4/2000. LIBERTAD CONDICIONAL (POR ENFERMEDAD GRAVE. DENEGACIÓN). Desestimado. Penado que solicita el supuesto excepcional de libertad condicional contemplado en el artículo 92 del Código Penal, previsto para quien tenga una enfermedad muy grave, con padecimientos incurables aun cuando no haya extinguido las tres cuartas partes de la condena. Se desestima la pretensión y el recurso interpuesto frente a tal resolución, ya que no basta para la obtención de la libertad la constatación del dato objetivo de la enfermedad, sino que también ha de valorarse el aspecto subjetivo, la previsibilidad acerca del comportamiento del penado, de modo que aun mediando la causa objetiva podrá denegarse la libertad cuando no exista la razonable impresión de que el penado no delinquirá. Artículo 90.2.3ª del C.P y 104.4 del Reglamento Penitenciario. En el caso, ya en dos ocasiones anteriores se concedió al recurrente la libertad por tal causa y en ambas ocasiones volvió a delinquir. |
| Número: |
15/2000 |
| Fecha: |
17-04-2000 |
| Documento PDF: |
116 KB |
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