| Organo Judicial: |
Audiencias Provinciales |
| Tipo de disposición: |
Auto |
| Resumen: |
AP Madrid 4/05/2005. JVP, QUEJAS Y RECURSOS (COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL JVP). Se desestima el recurso del interno. La competencia para el ejercicio de las facultades contempladas en los artículos 80, 81 y 88 del Código Penal viene atribuida al Juez o Tribunal sentenciador y no al Juez de Vigilancia Penitenciaria.
Todo lo concerniente a la supervisión de la ejecución de los arrestos de fin de semana sí es competencia del Juez de Vigilancia Penitenciaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del RD 690/1996, de 26 de abril. Sin embargo, la petición del apelante consiste en que se suspenda la ejecución de la pena de arresto de fines de semana o que se sustituya por pago de multa, en virtud de lo establecido en los artículos 80, 81 y 88 del Código Penal.
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| Número: |
1282/2005 |
| Fecha: |
04-05-2005 |
| Documento PDF: |
51 KB |
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