| Organo Judicial: |
Audiencias Provinciales |
| Tipo de disposición: |
Auto |
| Resumen: |
AP Barcelona 30/7/2001. JVP, QUEJAS Y RECURSOS (PROCEDIMENTO. OTROS). Las resoluciones del JVP recurridas, al acordar la suspensión de la ejecución de una resolución de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Rehabilitación de concesión del art. 86.4 RP, parten de un error: consideran que para acordar dicha medida de suspensión deben aplicarse normas relativas a la suspensión de los actos administrativos. Sin embargo, es patente que el JVP se halla encuadrado por disposición legal en la jurisdicción penal y por tanto a las normas del procedimiento penal es a las que habrá de acudirse para solventar dicha cuestión. Considera la Sala que, en esta materia, no pueden a priori establecerse criterios en uno u otro sentido, debiendo en principio acordarse la admisión del recurso en un solo efecto excepto en aquellos casos en los que se pueda privar de virtualidad al posible recurso o pueda distorsionarse la línea de tratamiento. En el caso de autos, la resolución administrativa recurrida acordaba la aplicación del artículo 86.4 RP. En consecuencia, es claro que la suspensión de la ejecución de dicha resolución tendría un mayor perjuicio e incidencia en el tratamiento que la solución contraria.
|
| Número: |
559/2001 |
| Fecha: |
30-07-2001 |
| Documento PDF: |
35 KB |
|