| Organo Judicial: |
Audiencias Provinciales |
| Tipo de disposición: |
Auto |
| Resumen: |
AP Navarra 27/05/2005. CLASIFICACION Y TRATAMIENTO. (TRATAMIENTO). Desestimado. Si la Dirección del Centro de Pamplona consideró inadecuada la admisión del recurrente a la realización de los cursos solicitados en razón del comportamiento negativo del interno y si éste, como se dice en el informe aportado, protagoniza incidentes de forma continua y si ha dado lugar a la incoación de expedientes disciplinarios por faltas graves y muy graves, es razonable que tal conducta dificulte la elección del interno en las actividades que él solicitó, sin que,
desde luego, haya razón alguna para dudar de la veracidad de lo
informado por el Centro, ni apreciamos ahora la necesidad de practicar prueba al respecto. En suma, una conducta voluntaria proclive al tratamiento, junto con una actitud positiva, resultan exigibles al interno en orden a su participación en los cursos de que se trate, de modo que debe desestimarse el recurso, si bien, como se dice en las resoluciones mencionadas, la Administración Penitenciaria debe informar y notificar al interno la inadmisión al curso solicitado y las razones de tal decisión. |
| Número: |
74/2005 |
| Fecha: |
27-05-2005 |
| Documento PDF: |
92 KB |
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